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NOTICIAS Y ACTUALIZACIONES

CASAS PARTICULARES. SUELDOS Y JORNALES. NUEVOS VALORES A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DEL 2021.

Se actualizaron los valores para el pago de las Horas y Sueldos para Empleados/as de Casas Particulares. Acá un resumen para tener en cuenta.

VALORES DE SUELDO MÍNIMOS A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2021

CATEGORIAS Y REMUNERACIONES PROVISORIAS A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 2021

PRIMERA CATEGORIACON RETIROSIN RETIRO
SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.Hora: $253,00
Mensual: $31.559,00
Hora: $276,50
Mensual: $35.153,00
SEGUNDA CATEGORIACON RETIROSIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.Hora: $239,00
Mensual: $29.320,00
Hora: $262,50
Mensual: $32.638,00
TERCERA CATEGORIA
CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.Hora: $225,50
Mensual: $28.606,00
CUARTA CATEGORIACON RETIROSIN RETIRO
ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.Hora: $225,50
Mensual: $28.606,00
Hora: $253,00
Mensual: $31.878,50
QUINTA CATEGORIACON RETIROSIN RETIRO
PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.Hora $209,50
Mensual: $25.725,50
Hora: $225,50
Mensual: $28.606,00

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

ADICIONAL POR ZONA DESFAVORABLE:

Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Resolución CNTCP N° 2/2021– del 24/05/2021 y Resolución CNTCP N° 2/2021 – del 28/05/2021 (Nota complementaria) del Ministerio de Trabajo.

SE TRANSCRIBE PARTE DEL ACUERDO FIRMADO.

Que luego de un extenso intercambio de posturas, obra Acta de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES suscripta en fecha 16 de junio de 2021, mediante la cual las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES han asumido el compromiso de acordar un incremento salarial sobre los salarios mínimos establecidos por la Resolución CNTCP N° 3/20 a partir del 1 de junio de 2021, conforme las pautas allí indicadas.

Que el plazo de vigencia del acuerdo alcanzado se extiende desde 1 de junio de 2021 y hasta el 31 de mayo del 2022.

Que a través del citado Acuerdo, las partes han coincidido en otorgar un incremento salarial total del cuarenta y dos por ciento (42%) sobre la escala salarial aprobada mediante Resolución CNTCP N° 3/20.

Que el incremento mencionado ut supra se hará efectivo de la siguiente forma:

1.- Trece por ciento (13%), a partir del mes de junio 2021;

2.- Doce por ciento (12%), no acumulativo, a partir del mes de septiembre 2021;

3.- Cinco por ciento (5%), no acumulativo, a partir del mes de diciembre del año 2021;

4.- El doce por ciento (12%), no acumulativo, a partir del mes de marzo del año 2022, con cláusula de revisión al mes de marzo de 2022.

Que también se ha dispuesto incrementar el porcentual por “zona desfavorable”, fijando su importe total en un 30% sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las categorías estipuladas, a partir del 1° de junio de 2021.

Que en la mencionada Acta también se aprobó la creación de un adicional salarial por “Antigüedad”, equivalente a un UNO POR CIENTO (1%) por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral, sobre los salarios mensuales Asimismo, se acordó que este adicional se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021 y que el tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

Que en consecuencia los miembros de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844.

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