#Proyecto De Tierras #Urbanismo Planificado #Desarrollo Estratégico..
Un Lote Para Cada Argentino/a.
Autores Ariel Llaría y Leandro LLaría.
#UnLoteParaCadaArgentino #UnLoteParaCadaArgentina
PROYECTO DE TIERRAS PARA LOS/AS ARGENTINOS/AS.
OBJETO. ES UN PROYECTO DE LOTEOS PARA QUE CADA ARGENTINO/A MAYOR DE 18 AÑOS PUEDA COMPRAR UN LOTE Y SER PROPIETARIO/A DE, AL MENOS, UNA PORCIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL.FINALIDAD. EL PROYECTO TIENE POR FINALIDAD ASEGURAR EL DERECHO A LA VIVIENDA Y PROPIEDAD DE LA TIERRA PARA TODOS LOS/AS ARGENTINOS/AS. ESTÁ IDEADO Y DESARROLLADO SOBRE LA BASE DE UN URBANISMO PLANIFICADO, TENDIENTE A UNA DESCENTRALIZACIÓN ESTRATÉGICA Y A UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA.ESTRUCTURA BÁSICA DEL PROYECTO.
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Proyecto Completo.
1.- SUJETOS. PERSONAS DESTINATARIAS. Está destinado a todas las personas nacidas en la República Argentina, mayores de 18 años que residan en el país. El Estado Nacional y los Estados Provinciales serán los encargados de fomentar y garantizar el cumplimiento. Los Municipios y los organismos competentes relacionados también participarán para facilitar y favorecer a la realización del proyecto.
2.- REQUISITOS, OPORTUNIDAD Y LIMITACIÓN. Cada persona podrá comprar un lote de los que se destinen al proyecto con la sola presentación de su DNI. Se le va a vender a cada argentino/a solamente un lote y por única vez.
3.- ADQUISICIÓN. El objeto a transmitir, para cumplimiento del derecho mencionado, es el lote que se pone a venta y disposición a las personas beneficiarias para su adquisición. Los lotes se generan con la subdivisión “en loteo” y urbanización de los campos o predios adquiridos por los Estados mencionados que son destinados a la finalidad del proyecto.
4.- TAMAÑO ESTÁNDAR DE LOS LOTES. URBANIZACIÓN. La subdivisión de los predios se realizará de manera urbanizada, con manzanas cuadradas de 100 metros por lado (10.000 Metros cuadrados) divididas, cada manzana, por veredas y calles amplias. Los lotes tendrán una superficie aproximada de 500 metros cuadrados. Estos lotes se distribuirán, en la subdivisión de cada manzana, en medidas 10 Metros de frente por 50 Mts. de fondo y de 20 Mts. de frente por 25 de fondo (o viceversa).
5.- ESPACIOS PÚBLICOS. CALLES Y VEREDAS. Estimamos, aproximadamente, 8 metros de vereda por cada lado de la manzana y calles de 15 a 18 metros de ancho, dando una distancia de 31 a 34 metros a cada contra-frente. El espacio que ocupan las calles y veredas, en relación a cada hectárea, sería de aproximadamente 7.500 metros cuadrados, quedando como resultado que esa superficie proporcional de aproximadamente 2.500 metros cuadrados se destine a la instalación de otros espacios públicos.
6.- OTROS ESPACIOS PÚBLICOS. Esos 2.500 metros cuadrados aproximados que quedan por cada dos hectáreas (una se utiliza para lotes, de la otra 3/4 –o 7.500 mts2– para calles y veredas) generan el espacio público, en proporción a la cantidad de lotes o hectáreas por predio y de acuerdo a las necesidades, posibilidades, conveniencias, para la creación de parques, plazas, plazoletas, accesos, terminales, y todo tipo de dependencias u organismos públicos, como escuelas u otros centros de educación, centros de salud, comisarías, sedes judiciales, bancos públicos, delegaciones nacionales de Afip, Anses, Pami, de Rentas u organismos provinciales, dependencias y oficinas de servicios públicos (energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y más), delegaciones o dependencias municipales, oficinas de correos, centros deportivos o todo tipo de canchas o espacios repartidos para practicar deportes y el esparcimiento, amplias bici-sendas, teatros, centros o espacios culturales, cuarteles de bomberos, estadios, etc. Puede contemplarse también, en determinados lugares que por su gran tamaño y urbanización lo permitiesen, destinar terrenos a tipos de espacios comunes u organizaciones comunitarias como clubes, asociaciones civiles sin fines de lucro, sindicatos, colegios profesionales, cámaras de industria y comercio, etc.
7.- CANTIDAD DE LOTES POR HECTÁREA. Incluido el espacio proporcional de calles, veredas y espacios públicos, se estima que por cada hectárea entran 10 propiedades. Este cálculo surge de estimar que cada dos hectáreas, una hectárea se destina a ser una manzana subdividida en 20 propiedades y la otra hectárea se utiliza repartida proporcionalmente para calles, veredas y otros espacios públicos.
8.- LOTES. MULTIPLICACIÓN POR HECTÁREA. En estas medidas y divisiones, en espacios de 100 (cien) hectáreas se podrían lotear 1.000 (mil) propiedades, en 10.000 hectáreas entrarían 100.000 propiedades y por cada 100.000 hectáreas se podrían otorgar un Millón de propiedades. En Argentina la población estimada es de 45 Millones de personas. En el padrón electoral del 2019 hubo aproximadamente 33.000.000 personas; A tal fin ponemos como número, para poder cumplirle el derecho a todos/as los/as argentinos/as mayores de 18 años, si todas las personas se presentasen a comprar el lote, en 35 Millones de personas / lotes como posibles beneficiarios. Se utiliza este número (o uno aproximado) considerando que en el padrón electoral las personas votan desde los 16 años y el requisito para la adquisición del lote es de 18 años, lo que daría un número menor de aproximadamente 1 millón de personas; pero el padrón excluye a las personas argentinas que residen en otros países que podrían volver a residir teniendo el derecho y también debe considerarse el crecimiento vegetativo mientras dure el proyecto, lo que incrementaría el número. Esas 35 millones de personas serían el número máximo estimado si todas las personas se presentasen a comprar su lote pero entendemos que la cantidad va a ser menor.
9.- CANTIDAD ESTIMADA DE LOTES Y HECTÁREAS PARA DAR CUMPLIMIENTO. Si consideramos un total de 35.000.000 de personas (o lotes pasibles de venta) se requieren solamente 3,5 millones de hectáreas. Se estima que la adquisición de predios por los Estados Nacional y Provinciales, para su subdivisión y posterior loteo y venta, será paulatina al igual que las personas que se presenten con voluntad de adquirir el lote correspondiente. Esta dinámica permitirá que pueda cumplirse el proyecto en un plazo extendido. Así, adquiriendo de a 1 millón de hectáreas por año, se podrían entregar 10 millones de lotes con su escritura por año y, en 4 años, dar cumplimiento al derecho a la tierra al total de la población mayor de 18 años. Si dividimos 1 millón de hectáreas equitativamente en 23 provincias, da una cantidad aproximada de 43.500 hectáreas necesarias por provincia, por año
10.- CANTIDAD APROXIMADA DE BENEFICIARIOS/AS POR PROVINCIA. Si calculamos la estimación por la población aproximada de personas beneficiarias (argentinos/as mayores de 18 años) de cada provincia se requieren: * en Pcia. de Buenos Aires se necesitan un total de 1,2 millones de hectáreas (para 12 millones de personas/lotes); divido en 4 años, se requieren solamente 300.000 hectáreas a adquirir y subdividir por año, beneficiando con la entrega de tierra a 3 millones de bonaerenses por año; * en las provincias de Córdoba y Santa Fe se calculan entre 2,5 y 3 millones de beneficiarios por lo que se requieren, en total, menos de 300.000 hectáreas y dividido en 4 años, serían solamente 75.000 hectáreas por año (en Capital Federal la población tiene una cantidad similar a esas provincias; los loteos para los beneficiarios se deberían establecer en otras provincias ya que la Ciudad de Buenos Aires no tiene prácticamente posibilidad en su superficie); * en provincias como Mendoza, Tucumán, Entre Ríos y Salta habría entre 1 y 1,3 millones de beneficiarios, requiriéndose un total de entre 100.000 y 130.000 hectáreas por provincia; lo que da, dividido en 4 años, entre 25.000 y 32.500 hectáreas por año aproximadamente; * en provincias como Chaco, Misiones, Corrientes y Santiago del Estero, que tendrían aproximadamente entre 750.000 y y 1 millón de beneficiarios, se requieren un total de entre 75.000 y 100.000 hectáreas por provincia; lo que da, dividido en 4 años entre 18.750 y 25.000 hectáreas por año aproximadamente. * en provincias como Jujuy, Formosa, San Juan, Neuquén, Río Negro y Chubut, que tendrían aproximadamente entre 500.000 y 750.000 beneficiarios, se requieren un total de entre 50.000 y 75.000 hectáreas por provincia lo que da, dividido en 4 años entre 12.500 y 18.750 hectáreas por año aproximadamente. * en provincias como Catamarca, La Rioja, San Luis, La Pampa y Santa Cruz, que tendrían aproximadamente entre 250.000 y 500.000 beneficiarios, se requieren un total de entre 25.000 y 50.000 hectáreas por provincia lo que da, dividido en 4 años entre 6.250 y 12.500 hectáreas por año aproximadamente; y en la provincia de Tierra del Fuego, con aproximadamente 150.000 beneficiarios, se requerirían un total de 15.000 hectáreas, que dividido en 4 años, daría un estimado de 3.750 hectáreas por año.
11.-. ADQUISICIÓN DE PREDIOS PARA DESTINAR A LOTEO.. El Estado comprará los predios y campos, para la subdivisión urbanizada con calles, espacios públicos, veredas y manzanas loteadas; y para su entrega con escritura a los beneficiarios mediante venta. Estas urbanizaciones serán en zonas cercanas a rutas, vías y accesos que estén próximos a otros pueblos y ciudades y que posean o puedan dotarse de los servicios públicos esenciales según las posibilidades de obtención de los predios.Para la selección de los predios a subdividir y urbanizar, se buscarán las rutas y accesos en todas las provincias que puedan satisfacer estos objetivos, considerando en cada provincia o sus regiones, los campos o predios a la venta y las competencias correspondientes a las diferentes estructuras del Estado. Cuando los campos sean con cascos de estancias o tengan construcciones, mejoras y servicios se propone que los mismos se utilicen para beneficio del proyecto y para favorecer su cumplimiento; sea para administración, acopio de materiales, depósitos de móviles y herramientas u otras funciones o usos favorables para tal fin.No se podrán comprar campos o predios rurales, para destinar a este proyecto de tierras, que estén habitados y/o sean reclamados como propiedad y/o uso por pueblos originarios o miembros de su comunidad, sin perjuicio de lo que digan las posibles escrituras de dominio o de la situación de posesión.
12.- VALORES DE MERCADO ESTIMADOS DE LOS PRECIOS POR HECTÁREA. Considerando el valor actual de mercado, de los campos y terrenos a la venta en las zonas mencionadas, los valores oscilan entre 2.000 y 14.000 Euros /Dólares por hectárea. Los valores o conceptos que se expresan en Euros o dólares son para tener en consideración con tipo de cambio vigente en relación al peso.
13.- VALORES ESTIMADOS DE CADA LOTE. Tomando un valor promedio (alto) de 8.000 Euros/Dólares por cada hectárea, el valor de cada lote sería de aproximadamente 400 Euros/Dólares. A esto se le agregan los costos propios de la subdivisión, diagramación y urbanización y los trámites administrativos necesarios de escrituración. La Suma de estos montos se podría estimar en 1.600 Euros/dólares por cada lote.Siguiendo estos cálculos el precio de venta por unidad de cada lote es estimado en 2.000 Dólares/ Euros.
14.- ENTREGA DE LOTES Y FINANCIAMIENTO. Atento que la principal finalidad del proyecto es asegurar el acceso a un lote por parte de todas las Argentinas y Argentinos se proponen varias formas para el financiamiento del pago que será en moneda nacional al tipo de cambio vigente. Si estipulamos, a modo de ejemplo: * una financiación del pago a 120 cuotas (10 años) esos 2.000 Euros/Dólares se pagarían en cuotas mensuales de 16,67 Euros/Dólares; * una financiación del pago a 240 cuotas (20 años) esos 2.000 Euros/Dólares se pagarían en cuotas mensuales de 8,34 Euros/Dólares; * una financiación del pago a 360 cuotas (30 años) esos 2.000 Euros/Dolares se pagarían en cuotas mensuales de 5,56 Euros/Dólares.Las financiaciones pueden variar según los casos, siendo a mayores o menores plazos, según las necesidades y posibilidades de las personas beneficiarias asegurando que el derecho al acceso a la tierra queda garantizado. A este fin, a las personas que quieran comprar un lote de los mencionados que declaren que no tienen ningún tipo de ingresos, se les podrá otorgar un plazo de gracia de doce o veinticuatro meses para el pago de la primera cuota.
15.- VALORES ESTIMADOS PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS PREDIOS, INVERSIONES DE INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN, SUBDIVISIÓN, ESCRITURACIÓN Y ENTREGA DE LOS LOTES. Para 1.000.000 (un millón) de personas, la inversión estimada sería de 2.000.000.000 (dos mil millones) de Euros/Dólares y para 5.000.000 de personas sería de 10.000.000.000 de E/D.Para 10 millones de personas, 20 mil millones de E/D. y para 20 millones de personas, 40 mil millones de E/D.
16.- POS VENTA DEL LOTE. REQUISITOS. Para que un propietario que haya adquirido un lote por este sistema, pueda enajenarlo, deberá haber abonado previamente el pago total del mismo.Atento al objeto y finalidad del proyecto y fin de evitar la especulación inmobiliaria como la de acumulación de lotes por una persona física o jurídica se establecen las siguientes limitaciones: a) quienes compren el lote en efectivo o lo paguen totalmente en un plazo menor a dos años de su otorgamiento, deban esperar tres años, luego del pago total, para poder enajenarlo. b) ninguna persona podrá adquirir más de tres lotes de los destinados al proyecto y se deberá esperar un plazo mínimo de tres años de haber adquirido y pagado un lote para poder adquirir otro de los lotes destinados al proyecto. c) estos lotes solamente podrán ser transferidos a personas físicas, por un plazo mínimo de 10 años, luego de su pago total.
17.- PARTICIPACIÓN DE ÓRGANOS Y ORGANISMOS RELACIONADOS AL PROYECTO. Respecto a las divisiones de loteos en campos y hectáreas se deberá coordinar el trabajo conjunto con los registros de la propiedad de inmuebles de cada jurisdicción, con los colegios de escribanos correspondientes y los organismos estatales competentes.Del mismo modo se propone y contempla la intervención y análisis de organismos como las facultades y colegios de arquitectura, ingeniería y otras entidades que favorezcan el desarrollo urbanístico y demográfico.
18.- PROMOCIÓN DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEMOGRÁFICA; DE LA URBANIZACIÓN Y ASENTAMIENTO EN LOS NUEVOS BARRIOS O PUEBLOS. También, con este proyecto, se promueve la descentralización demográfica dando creación a miles de nuevos barrios o pueblos donde cada habitante será propietario/a de un terreno amplio y apto para constituir su vivienda y/o lugar de trabajo. La amplitud de veredas y calles permite una urbanización cómoda para la convivencia, dando lugar, entre otras cosas, al crecimiento de árboles en galería, espacios para estacionamiento de vehículos, jugar o pasear; además, evita molestias y reduce todo tipo de contaminación (sonora, de humo u olores, de acumulación de residuos, etc.).
19.- PROMOCIÓN DE LA DESCENTRALIZACIÓN PÚBLICA. La descentralización y creación de dependencias públicas del Estado Nacional, de los Estados Provinciales, de los Municipios y entes u organismos públicos u oficiales, en estas nuevas urbanizaciones, facilitarán el establecimiento de la gente y su óptima supervivencia. Generarán empleos directos y también, con medidas y obras de infraestructura, se generarán más empleos conformes a los objetivos del proyecto.
20.-DESCENTRALIZACIÓN PLANIFICADA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. CREACIÓN Y ESTABLECIMIENTO EN LOS NUEVOS PUEBLOS. La superficie proporcional de aproximadamente 2.500 metros cuadrados, por cada dos hectáreas, que se destina a la creación de espacios públicos como parques, plazas, plazoletas, accesos, terminales, centros de educación, de salud, comisarías, sedes judiciales, bancos públicos, delegaciones nacionales de Afip, Anses, Pami, de Rentas, cuarteles de bomberos, organismos provinciales, dependencias y oficinas de servicios públicos (energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones y más), delegaciones o dependencias municipales, oficinas de correos, centros deportivos o culturales, posibilitarán la creación de puestos de trabajo y el poblamiento de estos nuevos barrios o ciudades. A estos fines se propone: a) La creación de estas dependencias públicas con empleos nuevos y fomentando el traspaso de destino de trabajo de quienes ya sean agentes de la administración pública y lo deseen, permitiendo así la dotación necesaria de trabajadores en estos centros o servicios esenciales para la generación de nuevas urbanizaciones. b) Que la conformación de estos centros o servicios debe realizarse de manera ordenada y coordinada en las urbanizaciones que se generen, conforme al tamaño de los predios a adquirir, para las subdivisiones en loteo, tomando como referencia la cantidad de lotes de cada nueva urbanización y la cercanía con otras urbanizaciones existentes o creadas por este sistema.
21. DESCENTRALIZACIÓN PLANIFICADA. RADICACIÓN DE EMPLEOS Y PERSONAS. EJEMPLO EN UN PREDIO DE 100 HECTÁREAS. Para realizar un proceso para la radicación de las instituciones públicas o descentralizadas mencionadas, y de las personas, se pone este ejemplo: * un campo que se adquiere por el Estado Nacional o Provincial de 100 hectáreas, al que por este sistema se lo convierte en una urbanización (pueblo) de 50 manzanas, con 20 propiedades cada una, dando como resultado 1.000 lotes/propietarios, * que se crean, en esta nueva urbanización:a) un centro de educación para nivel inicial y primario (aunque tenga aulas/secciones multigrado; sumando por Ej. 15 personas entre docentes y auxiliares);b) una sala médica de primeros auxilios (sumando 10 personas entre médicos/as, enfermeros/as y auxiliares); y en similares condiciones, según las necesidades y conveniencias;c) una delegación policial (12 personas);d) una delegación judicial (6 personas);e) una sede u oficina del banco público (10 personas);f) otras sedes de la administración nacional o dependencias descentralizadas (Anses, Afip, Pami,) que pueden trabajar en línea con las sedes centrales (10 personas);g) sumado a organismos provinciales y municipales (10 personas);h) dependencias y oficinas de servicios públicos como energía eléctrica, agua, gas, telecomunicaciones, correo y otras (20 personas);i) centros deportivos o culturales (10 personas);j) más trabajadores de mantenimiento de parques, plazas, calles, de recolección/ administración de residuos, de protección como bomberos, defensa civil, entre otros, (20 personas); *en este ejemplo, con este proceso, entre empleos y personas, se permite el asentamiento de una cantidad de 120 puestos de trabajo que por creación y traslados voluntarios, permitirían un establecimiento superior al 10% de los lotes a habitar. Si a esto le sumamos los trabajadores necesarios para las obras de infraestructura, de viviendas y los privados que se establezcan dedicados al comercio, la producción y los servicios, se puede lograr una radicación paulatina de crecimiento constante para la conformación plena de estos nuevos pueblos con una vida económica y social activa, armónica, planificada y sostenible; con una óptima calidad de vida para las personas que se asienten en estas urbanizaciones.
22.-DESCENTRALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO. Las personas que adquieran los lotes, al ser propietarias, además de poder instalar su vivienda, podrán utilizarlos para establecer, en sus inmuebles, pequeños o medianos comercios, establecimientos de producción, o de servicios, que, sin costos de alquiler, le permitirán el desarrollo y sostenimiento en el tiempo y su autonomía. Estas actividades deben respetar los fines urbanísticos residenciales y evitar la contaminación o excesos que perjudiquen a la convivencia pacífica y armoniosa de las personas.La creación de estos nuevos barrios, pueblos o ciudades también motorizará la inversión, creación y redistribución de sectores comerciales o productivos del ámbito privado. Todas estas acciones, y otras que se promuevan, permitirán una descentralización paulatina de las grandes ciudades y un nuevo planeamiento demográfico mejorado, acorde al mundo en que nos toca vivir.
23.- OTORGAMIENTO A LAS PERSONAS BENEFICIARIAS. DISPONIBILIDAD. El otorgamiento se realizará mediante un sistema operativo que expondrá los lotes disponibles en todas las provincias y municipios. Las personas beneficiarias podrán elegir y comprar su lote en cualquier provincia donde haya disponibilidad de los mismos, en los predios adquiridos y urbanizados a tal fin. La adquisición se realizará con la sola presentación del DNI, mediante el sistema operativo y no se establecerán prioridades para su adjudicación; Tendrán el mismo derecho las personas nacionalizadas argentinas, mayores de 18 años, y más de 15 años de residencia continua en el país.El Estado Nacional y los Estados provinciales deberán garantizar la disponibilidad de lotes en todas las provincias y la continua incorporación, en las mismas, de predios, campos, estancias o sitios aptos para la subdivisión urbanizada que se propone y para garantizar el acceso a la propiedad de la tierra a todas las personas beneficiarias.
24.- PROYECTOS DE VIVIENDA. Este proyecto de acceso a la propiedad de la tierra para todos/as los/as argentinos/os, nativos o nacionalizados con los requisitos expresados, será acompañado por proyectos para acceder a la vivienda, fomentando el acceso a la primera vivienda y al trabajo genuino de cada lugar.
25.- LOTES Y VIVIENDAS. RECIPROCIDAD. Esta necesidad y tipos de proyectos, pueden desarrollarse en simultáneo y se entienden por complementarios y recíprocos, a los fines del proyecto. Para la construcción de la vivienda se necesita la tierra y para que puedan instalarse las personas en un lugar, se necesita de la construcción de viviendas y otras obras de infraestructura que posibilitarán la generación de trabajo, el asentamiento y la urbanización en los nuevos barrios. 25.- FOMENTO POR CRÉDITOS Y COOPERATIVAS DE TRABAJO PARA LA VIVIENDA. Deben estimularse proyectos de vivienda, sean por créditos, cooperativas o cualquier mecanismo público, privado o comunitario, sean abiertos o de promoción de primera vivienda, que permitan su realización. Es esencial la participación de los bancos públicos nacionales, provinciales y se promoverá la participación de otros bancos o entidades, la formación de cooperativas locales de vivienda y trabajo con mano de obra local, generando ingresos genuinos, promoviendo la capacitación y el cooperativismo, así como la intervención de las facultades de arquitectura, ingeniería, de profesionales u organizaciones de urbanismo planificado y en armonía con el medioambiente. Para todo esto, el acceso a la propiedad de la tierra es fundamental atento a los planes de construcción de viviendas que existieron o existen, chocan con la dificultad de conseguir el inmueble (pedazo de tierra donde construir). El derecho constitucional a una vivienda digna, sumado al sueño de la vivienda propia, para toda la población, pueden consagrarse fácilmente con un sistema como el que se propone.
26.- VIVIENDA Y TRABAJO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO. Los lotes del proyecto serían en lugares constituidos (a desarrollar) como zonas residenciales urbanizadas, dando posibilidad real de instalar una vivienda en cualquier momento y, a la vez, por la dimensión de las propiedades (de 500 metros cuadrados), permite que se use también para pequeños locales comerciales o de servicios o talleres, además de la vivienda.
27.- MODELO PRODUCTIVO, AGROECOLOGÍA Y URBANISMO PLANIFICADO. Se contemplarán, en esta urbanización planificada, las cuestiones demográficas, ecológicas, de calidad de vida y cumplimientos de derechos; promoviéndose también en campos o zonas linderas, conforme a las posibilidades de adquisición de esos campos o zonas aptas, proyectos sociales, cooperativos o comunitarios de producción agropecuaria, agroecológica, de pequeñas o medianas producciones agroindustriales y otro tipo de producciones o servicios que sean armónicos con el desarrollo productivo, el ambiente y el buen vivir.
28.- FINANCIAMIENTO DIRECTO. El Financiamiento directo se genera con la venta de los lotes en sus diferentes formas: con los pagos al contado, con los pagos recibidos por cuotas mensuales y con los pagos recibidos por adelantos de cuotas. Este sistema dinámico de ingresos se reinvierte de manera cíclica, autofinanciándose.
29.- FINANCIAMIENTO POR TRIBUTOS. Además, se propone, con una finalidad equitativa y por un término de 4 años, un listado de posibles recursos para destinar a la inversión inicial de la compra de los campos que se utilizarán para la subdivisión urbanizada, sin perjuicio de otros aportes que puedan realizar El Estado Nacional y los Estados Provinciales.a) Se destinará para el proyecto, el 1% del impuesto inmobiliario de rentas, de cada una de las provincias. Tomado como ejemplo el caso de la provincia de Buenos Aires, en junio de 2020 se recaudaron $7.000.000.000,00, lo que aportaría en cuatro años 50 millones de Euros/dólares, se estiman valores proporcionales a cada provincia.b) Se destinará para el proyecto, un impuesto aplicable al 2% de lo recaudado por las empresas de peajes de zonas urbanas de todo el país, el que solo en la Ciudad de Buenos Aires, con un tránsito promedio de 10 millones de vehículos por mes, aportaría aproximadamente unos 20 millones de Dólares/Euros.c) Se destinará para el proyecto, el 0.5% de impuestos a las transacciones financieras y bancarias de más de un (1) millón de Pesos o el actualizado a valor de 100 Pesos por Euro/Dólar. d) Se destinará para el proyecto, el 2% de un impuesto a la venta de cigarrillos y tabaco, lo que implicaría un ingreso para el proyecto en los 4 años de 100 millones de dólares/Euros.e) Se destinará para el proyecto, el 0,5% de un impuesto a la venta de bebidas alcohólicas.f) Se destinará para el proyecto, el 1% de lo recaudado por los estacionamientos de vehículos automotores de las ciudades capitales de las provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los municipios del conurbano bonaerense y de todas las otras ciudades del país que no siendo capitales, tengan más 400.000 habitantes.g) Se destinará para el proyecto, el 0,5% de lo recaudado por las estaciones de servicios por venta de naftas, gasoil y gas comprimido (GNC) de las ciudades capitales de las provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los municipios del conurbano bonaerense y de todas las otras ciudades del país que no siendo capitales, tengan más 400.000 habitantes.
30.-. OTROS INGRESOS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. El Estado empezará a percibir nuevos ingresos por el cobro del impuesto inmobiliario provincial y las tasas y contribuciones municipales correspondientes, las que operarán a partir del segundo mes de conformada la escritura. Estos tributos no podrán superar el 50% del valor de la cuota del financiamiento a 30 años durante un plazo de 3 años. Si se consideran comparativamente las inversiones, el financiamiento y otros datos relevantes, podemos demostrar que es un proyecto realizable en cuanto a costos e inversión. (ej. en intereses de lebac y lelic, blanqueos o en relación a subsidios o destino de los fondos públicos, etc., se demuestra que se pudo hacer muchas veces aunque nunca se hizo ni se propuso algo similar.El Banco Central pagó unos U$S21.000 millones por intereses de Lebac entre 2016 y 2017. En diez meses el BCRA lleva pagados más de $440.000 millones por intereses de Leliq, solo de Octubre de 2019 a Julio de 2020.
31.- PARTICIPACIÓN DE UN ENTE ESPECÍFICO. Se propone la creación de un Ente específico que se dedique particularmente a ayudar en estas tareas y procesos que se proponen en el proyecto. Sobre el proyecto en sí, como se ha dicho por su envergadura o alcance, debe tener el impulso y dirección del Estado Nacional y el apoyo y trabajo colaborativo de los Estados Provinciales. El “Ente” que se propone debe analizarse en cuanto a su alcance, estructura y participación, para lograr los objetivos.
32.- PARTICIPACIÓN DE UN ENTE ESPECÍFICO. INTEGRACIÓN Y FUNCIONES. Se propone una integración interministerial y multisectorial, que permita la participación ciudadana y que entre sus funciones tenga que: *dar asesoramiento y colaboración para que las tierras lleguen a cada persona que lo desee; * actuar para que se eviten fraudes, preferencias indebidas en las entregas o trabas que menoscaben la finalidad de acceso a la tierra para los habitantes; * Colaborar en la planificación para la creación de barrios y pueblos, aportando a que las nuevas comunidades descentralizadas de las grandes ciudades, promuevan una perspectiva que tenga sentido comunitario, productivo y planificado, con una activa participación de la/os pobladores. * Promover y colaborar en: la búsqueda de campos o predios rurales para la compra por los Estados; la realización de las subdivisiones en loteo; la conformación y entrega de escrituras de dominio a las personas beneficiarias; la radicación y funcionamiento de las instituciones públicas o descentralizadas mencionadas; la concreción de las obras de infraestructura y servicios públicos necesarias para las urbanizaciones; y otras acordes a los fines del proyecto. * Fomentar y promover : los beneficios del traslado de la vida de las grandes ciudades a nuevas urbanizaciones planificadas; que se revierta la tendencia y que la población que así lo desee, pueda establecerse demográficamente de forma más equilibrada en el territorio; que se desarrolle la producción en todas las regiones geográficas, de acuerdo a su potencial y a las distintas formas de vida y posibilidad de asentamiento; la planificación de un modelo productivo del buen vivir.
Autores: Leandro Llaría y Ariel Llaría. Año 2020.
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